* Comisión de Convivencia *
Comisión de Convivencia
En la situación actual en la que se ve inmersa toda la sociedad, se hace necesario que en los centros escolares y de formación se elaboren unas pautas de convivencia. Para ello la Conserjería de Educación ha elaborado una orden en la que se concreta el proceso de integración de un Plan de convivencia.
Se recomienda que en todos los centros educativos se constituyan Comisiones de Convivencia con el propósito de promover la convivencia en los centros. En dichas comisiones deberán estar presentes todos los sectores implicados en la vida del centro.
Además de velar, en orden a la convivencia por el correcto ejercicio de los derechos y deberes de todos los miembros que componen la comunidad educativa, tendría que llevar a cabo también de una forma prioritaria una labor preventiva con la finalidad de evitar hechos y actitudes contrarios a la convivencia en el centro. Dicha labor preventiva se puede concretar en aspectos tales como: revisión anual del RRI, plan de acción tutorial sobre la convivencia con supuestos prácticos, colaboración familiar, control de asistencia, atención a la diversidad, etc. La Comisión de Convivencia debería de disponer de unos mecanismos rápidos y coherentes de mediación para adoptar alternativas educativas sin necesidad de recurrir a expedientes disciplinarios.
La Comisión de Convivencia estarías formada por:
Esta Comisión debería estar constituida por miembros del Consejo Escolar y por aquellas personas que tengan un marco transversal de funcionamiento:
- El Director.
- El Jefe de Estudios.
- Un representante de los profesores en el Consejo Escolar.
- Un representante de los padres en el Consejo Escolar.
- Un representante de los alumnos en el Consejo Escolar.
- El Tutor correspondiente.
- El delegado de curso correspondiente.
-Otros profesionales o representantes del profesorado, de las familias o de los alumnos que se considere pertinente.
- El personal no docente no debe quedarse fuera de la Comisión.
La Comisión de Convivencia tendrá las siguientes funciones:
a) Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la Comunidad educativa representados en el consejo escolar para mejorar la convivencia, el respeto mutuo, así como promover la cultura de paz y la resolución pacífica de los conflictos y la tolerancia en los centros.
b) Coordinar el Plan de convivencia escolar y desarrollar iniciativas que favorezcan la integración de todos los alumnos.
c) Acordar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de las normas de convivencia del Centro.
d) Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación del alumnado, estableciendo planes de acción positiva que posibiliten la integración de todos los alumnos y alumnas.
e) Mediar en los conflictos planteados.
f) Conocer y valorar el cumplimiento efectivo de las correcciones y medidas disciplinarias en los términos que hayan sido impuestas.
g) Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el Centro.
h) Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del curso, de las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas.
i) Cualesquiera otras que puedan serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas a las normas de convivencia en el Centro
En una comisión de convivencia tenemos que tener en cuenta todas las relaciones que tienen lugar en el centro:
b) Coordinar el Plan de convivencia escolar y desarrollar iniciativas que favorezcan la integración de todos los alumnos.
c) Acordar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de las normas de convivencia del Centro.
d) Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación del alumnado, estableciendo planes de acción positiva que posibiliten la integración de todos los alumnos y alumnas.
e) Mediar en los conflictos planteados.
f) Conocer y valorar el cumplimiento efectivo de las correcciones y medidas disciplinarias en los términos que hayan sido impuestas.
g) Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el Centro.
h) Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del curso, de las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas.
i) Cualesquiera otras que puedan serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas a las normas de convivencia en el Centro
En una comisión de convivencia tenemos que tener en cuenta todas las relaciones que tienen lugar en el centro:
· Relación Profesor – Alumno
· Relación Alumno – Profesor
· Relaciones entre el Alumnado
· Relaciones entre los mismos profesionales del centro
· Relaciones con las familias y el resto del entorno del centro
Además de esto debemos tener en cuenta:
· Tipos de conflictos y continuidad con la que suceden
· Causas de estos conflictos
· Sectores Implicados
· Actuaciones desarrolladas por el centro
· Efectividad y Participación de la comunidad educativa en dichas actuaciones
La Comisión de Convivencia realizará, por delegación del Consejo Escolar, el seguimiento del plan de convivencia y la coordinación de las actuaciones y medidas contenidas en el mismo. Asimismo, valorará los avances que se vayan produciendo en su desarrollo, identificará las dificultades que surjan y propondrá al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el centro. Todo ello se incorporará a la memoria del plan de convivencia.
La Comisión de Convivencia se reunirá, si es necesario, al finalizar cada trimestre, para que conozca y valore el cumplimiento efectivo de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas por el director, el carácter educativo y recuperador de las mismas, las circunstancias personales, familiares o sociales que se han tenido en cuenta para adoptar dichas medidas y el procedimiento para la adecuada información a las familias del alumnado afectado.
Régimen de funcionamiento y reuniones:
· De manera ordinaria la Comisión de Convivencia se reunirá a principio y final de curso y de forma extraordinaria cuando sea necesario o cuando lo solicite el Claustro o el Consejo Escolar.
· De las reuniones de la comisión se levantará un acta por el miembro más joven de la misma que llevará el visto bueno del Presidente del Consejo Escolar.
· De manera ordinaria la Comisión de Convivencia se reunirá a principio y final de curso y de forma extraordinaria cuando sea necesario o cuando lo solicite el Claustro o el Consejo Escolar.
· De las reuniones de la comisión se levantará un acta por el miembro más joven de la misma que llevará el visto bueno del Presidente del Consejo Escolar.
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